Bolivia | Decreto Supremo No 4371 del 19 de Octubre de 2020

RESUMEN: Declara Reserva Fiscal Minera al sector Serranía de las Minas del Departamento de Chuquisaca, con la finalidad de que el Servicio Geológico Minero – SERGEOMIN efectúe actividades de prospección y exploración, para la determinación de su potencial mineralógico.

DECRETO SUPREMO N° 4371
JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 342 de la Constitución Política del Estado, determina que es deber del Estado y de la población conservar, proteger y aprovechar de manera sustentable los recursos naturales y la biodiversidad, así como mantener el equilibrio del medio ambiente.

Que el Parágrafo I del Artículo 349 del Texto Constitucional, establece que los recursos naturales son de propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano, y corresponderá al Estado su Administración en función del interés colectivo.

Que el Artículo 356 de la Constitución Política del Estado, dispone que las actividades de exploración, explotación, refinación, industrialización, transporte y comercialización de los recursos naturales no renovables tendrán el carácter de necesidad estatal y utilidad pública.

Que el Parágrafo VI del Artículo 370 del Texto Constitucional, señala que el Estado, a través de sus entidades autárquicas, promoverá y desarrollará políticas de administración, prospección, exploración, explotación, industrialización, comercialización, evaluación e información técnica, geológica y científica de los recursos naturales no renovables para el desarrollo minero.

Que el inciso a) del Artículo 6 de la Ley N° 535, de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, establece que son bases prioritarias para el desarrollo de la actividad minera la prospección y exploración como actividades imprescindibles de los actores productivos mineros: estatal, privados y cooperativas mineras, para ampliar y desarrollar el potencial minero en todo el territorio boliviano.

Que el Parágrafo I del Artículo 24 de la Ley N° 535, dispone que el Órgano Ejecutivo mediante Decreto Supremo podrá declarar como Reserva Fiscal Minera, determinadas zonas del territorio nacional, con la finalidad de efectuar labores de prospección, exploración y evaluación, para determinar el potencial mineralógico del área de reserva e identificar nuevas áreas mineras de interés, respetando derechos pre-constituidos y adquiridos.

Que los incisos b) y c) del Artículo 80 de la Ley N° 535, señalan que el Servicio Geológico Minero – SERGEOMIN tiene las atribuciones de identificar áreas mineras para declaratoria de Reserva Fiscal; y de realizar prospección y exploración en áreas mineras declaradas Reserva Fiscal Minera.

Que el Artículo 217 de la Ley N° 535, establece que las actividades mineras en relación al medio ambiente se realizarán de acuerdo a la Constitución Política del Estado, la citada Ley, la Ley N° 1333, de 27 de abril de 1992, de Medio Ambiente, sus reglamentos, el Reglamento Ambiental para Actividades Mineras y otras normas legales vigentes.

Que se ha identificado al sector Serranía de las Minas en el municipio de San Lucas del Departamento de Chuquisaca, para la declaratoria de Reserva Fiscal Minera, con la finalidad de que el SERGEOMIN realice trabajos de prospección y exploración.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO 1.- (OBJETO).

El presente Decreto Supremo tiene por objeto declarar Reserva Fiscal Min...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1322

Tipo: DECRETO SUPREMO No 4371

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-4371-del-19-de-octubre-de-2020

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