Bolivia | Decreto Supremo No 4377 del 19 de Octubre de 2020

RESUMEN: Reglamenta la Ley Nº 2088, de 26 de abril de 2000, modificada por la Ley N° 1250, de 14 octubre de 2019.

DECRETO SUPREMO N° 4377

JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo I del Artículo 19 de la Constitución Política del Estado, determina que toda persona tiene derecho a un hábitat y vivienda adecuada, que dignifiquen la vida familiar y comunitaria.

Que el Parágrafo I del Artículo 56 del Texto Constitucional, establece que toda persona tiene derecho a la propiedad privada individual o colectiva, siempre que ésta cumpla una función social. Asimismo, el Parágrafo II del citado Artículo, señala que se garantiza la propiedad privada siempre que el uso que se haga de ella no sea perjudicial al interés colectivo.

Que la Ley N° 2088, de 26 de abril de 2000, autoriza a la Empresa Nacional de Ferrocarriles Residual la transferencia, a título oneroso, de los terrenos ubicados en la Unidad Vecinal 140 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, en favor únicamente de los asentados que actualmente habitan dichos terrenos.

Que la Ley N° 1250, de 14 de octubre de 2019, establece modificaciones a la Ley N° 2088 y dispone que el Órgano Ejecutivo mediante Decreto Supremo, reglamentará la Ley en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles a partir de su publicación.

Que a fin de viabilizar la aplicación de la Ley Nº 2088 modificada por la Ley N° 1250, corresponde la emisión del presente Decreto Supremo reglamentario.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO 1.- (OBJETO).

El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar la Ley Nº 2088, de 26 de abril de 2000, modificada por la Ley N° 1250, de 14 octubre de 2019.

CAPÍTULO I
TRANSFERENCIA DE LOTES DE TERRENO

ARTÍCULO 2.- (REQUISITOS PARA LA TRANSFERENCIA DE LOTES DE TERRENO).

Los solicitantes que deseen acogerse a la Ley N° 2088 modificada por la Ley N° 1250, bajo el régimen de vivienda social, deben presentar los siguientes requisitos:

Solicitud escrita de trasferencia del terreno, dirigido a la Máxima Autoridad Ejecutiva de la Empresa Nacional de Ferrocarriles – ENFE que incluya al menos el nombre completo, teléfono de contacto y una dirección de correo electrónico;
Fotocopias de la Cédula de Identidad del solicitante y de su grupo familiar asentados en el terreno;
Croquis de ubicación del terreno;
Fotografías de la vivienda edificada sobre el terreno (interiores y exteriores);
Extracto y/o Certificación de pago de Agua y Luz a nombre del solicitante y/o cónyuge; que contenga la ubicación del lote de terreno. Dicho Extracto y/o Certificación debe contener datos anteriores al 31 de diciembre de 2017;
Declaración voluntaria ante Notaría de Fe Pública del tiempo y lugar de ocupación, continua, pública, pacífica, sin oposición de terceros;
Certificación de no haber sido beneficiado con alguna solución habitacional por instituciones de vivienda social, emitida por el Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda;
Certificado de uso de suelo del lote de terreno, emitido por el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra;
Levantamiento topográfico en tres (3) ejemplares y disco magnético del lote individual referencial que demuestre la ubicación exacta, colindancias y dimensiones del lote de terreno, elaborado por un profesional topógrafo, con registro en el Colegio de Topógrafos;
Certificado de No Propiedad emitido por Derechos Reales a nivel nacional, del solicitante y de su cónyuge cuando corresponda.

ARTÍCULO 3.- (PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES).

I. Las solicitudes deberán ser presentadas en un folder verde, en Ventanilla Única de la ENFE – Santa Cruz, acompañando la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos señalados...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1322

Tipo: DECRETO SUPREMO No 4377

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-4377-del-19-de-octubre-de-2020

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