Bolivia | Decreto Supremo No 4490 del 21 de Abril de 2021

RESUMEN: Abroga los Decretos Supremos N° 4232, de 7 de mayo 2020; N° 4238, de 14 de mayo de 2020 y N° 4348, de 22 de septiembre de 2020.

DECRETO SUPREMO N° 4490

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo II del Artículo 16 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad alimentaria, a través de una alimentación sana, adecuada y suficiente para toda la población.

Que el numeral 20 del Parágrafo I del Artículo 298 del Texto Constitucional, establece como competencia privativa del nivel central del Estado, la política general de Biodiversidad y Medio Ambiente.

Que el Artículo 409 de la Constitución Política del Estado, señala que la producción, importación y comercialización de transgénicos será regulada por Ley.

Que el Estado Plurinacional de Bolivia a través de la Ley N° 1580, de 25 de julio de 1994, aprobó y ratificó el Convenio sobre la Diversidad Biológica; y por intermedio de la Ley N° 2274, de 22 de noviembre de 2001, aprobó y ratificó el Protocolo de Bioseguridad de Cartagena del Convenio sobre la Diversidad Biológica.

Que la Ley N° 1580, de 25 de juli...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1379

Tipo: DECRETO SUPREMO No 4490

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-4490-del-21-de-abril-de-2021

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