Bolivia | Decreto Supremo No 4500 del 01 de Mayo de 2021

RESUMEN: Regula la declaratoria en comisión de los principales dirigentes de la Central Obrera Boliviana, Centrales Obreras Departamentales y Centrales Obreras Regionales, para lo cual se modifica el Artículo 97 del Decreto Supremo Nº 22407, de 11 de enero de 1990.

DECRETO SUPREMO N° 4500

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que los Parágrafos I y II del Artículo 51 de la Constitución Política del Estado, determinan que todas las trabajadoras y los trabajadores tienen derecho a organizarse en sindicatos de acuerdo con la ley; y el Estado respetará los principios sindicales de unidad, democracia sindical, pluralismo político, autosostenimiento, solidaridad e internacionalismo.

Que la Organización Internacional del Trabajo – OIT, en el Artículo 1 del Convenio N° 98 Relativo a la Aplicación de los Principios del Derecho de Sindicalización y de Negociación Colectiva, ratificado por Bolivia, mediante Decreto Ley N° 07737, de 28 de julio de 1966, establece que los trabajadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de discriminación tendiente a menoscabar la libertad sindical en relación con su empleo.

Que el Artículo 99 de la Ley General del Trabajo, de 8 de diciembre de 1942, concordante con el Artículo 120 del Decreto Reglamentario a la Ley General del Trabajo, reconoce el derecho de asociación en sindicatos, que podrán se...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1382

Tipo: DECRETO SUPREMO No 4500

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-4500-del-01-de-mayo-de-2021

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