Bolivia | Decreto Supremo No 4509 del 19 de Mayo de 2021

RESUMEN: Modifica el Decreto Supremo Nº 4424, de 17 de diciembre de 2020.

DECRETO SUPREMO N° 4509

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo I del Artículo 330 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado regulará el sistema financiero con criterios de igualdad de oportunidades, solidaridad, distribución y redistribución equitativa.

Que el Parágrafo II del Artículo 330 del Texto Constitucional, establece que el Estado, a través de su política financiera, priorizará la demanda de servicios financieros de los sectores de la micro y pequeña empresa, artesanía, comercio, servicios, organizaciones comunitarias y cooperativas de producción.

Que el Decreto Supremo N° 4424, de 17 de diciembre de 2020, tiene por objeto autorizar al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, la constitución de dos (2) Fideicomisos para la Reactivación y Desarrollo de la Industria Nacional.

Que el Gobierno democráticamente electo, viene implementando medidas orientadas a reactivar la economía nacional, priorizando los sectores que requieren de mayor inversión, en el marco del principio del Vivir...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1388

Tipo: DECRETO SUPREMO No 4509

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-4509-del-19-de-mayo-de-2021

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