Bolivia | Decreto Supremo No 5019 del 13 de Septiembre de 2023

RESUMEN: El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Artículo 1, el inciso g) del Artículo 2 y el Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 2750, de 1 de mayo de 2016

DECRETO SUPREMO N° 5019

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 1 de la Constitución Política del Estado determina que Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías.

Que el Parágrafo II del Artículo 49 del Texto Constitucional establece que la ley regulará las relaciones laborales relativas a contratos y convenios colectivos; salarios mínimos generales, sectoriales e incrementos salariales; reincorporación; descansos remunerados y feriados; cómputo de antigüedad, jornada laboral, horas extra, recargo nocturno, dominicales; aguinaldos, bonos, primas u otros sistemas de participación en las utilidades de la empresa; indemnizaciones y desahucios; maternidad laboral; capacitación y formación profesional, y otros derechos sociales.

Que el Parágrafo I del Artículo 269 de la Ver 4156 caracteres restantes


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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1675

Tipo: DECRETO SUPREMO No 5019

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-5019-del-13-de-septiembre-de-2023

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