Bolivia | Decreto Supremo No 5251 del 16 de Octubre de 2024

RESUMEN: Con la finalidad de dar celeridad a la mejora de las condiciones de habitabilidad en los centros penitenciarios, reducir el índice de hacinamiento y beneficiar a los privados de libertad con programas de rehabilitación y reinserción social, el presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el numeral 1 del Parágrafo I del Artículo 53 del Decreto Supremo N° 26715, de 26 de julio de 2002, Reglamento de Ejecución de Penas Privativas de Libertad

DECRETO SUPREMO N° 5251

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 22 de la Constitución Política del Estado determina que la dignidad y la libertad de la persona son inviolables. Respetarlas y protegerlas es deber primordial del Estado.

Que el Parágrafo I del Artículo 73 del Texto Constitucional establece que toda persona sometida a cualquier forma de privación de libertad será tratada con el debido respeto a la dignidad humana.

Que el Artículo 74 de la Constitución Política del Estado dispone que es responsabilidad del Estado la reinserción social de las personas privadas de libertad, velar por el respeto de sus derechos, y su retención y custodia en un ambiente adecuado, de acuerdo a la clasificación, naturaleza y gravedad del delito, así como la edad y el sexo de las personas retenidas; las personas privadas de libertad tendrán la oportunidad de trabajar y...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1814

Tipo: DECRETO SUPREMO No 5251

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-5251-del-16-de-octubre-de-2024

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