Bolivia | FE DE ERRATAS No 1445 del 19 de Diciembre de 2012

RESUMEN: Decreto Supremo No. 1445

DECRETO SUPREMO N° 1451

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el numeral 12 del Parágrafo I del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determina que una de las competencias privativas del nivel central del Estado es la creación, control y administración de las empresas públicas estratégicas del nivel central del Estado.

Que el Artículo 1 de la Ley Nº 3720, de 31 de julio de 2007, establece que la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL participará directamente en la cadena productiva con las funciones de: prospección y exploración; explotación; concentración; fundición y refinación; comercialización de minerales y metales; y administración de las áreas fiscales.

Que el Parágrafo IX del Artículo 11 de la Ley Nº 211, de 23 de diciembre de 2011, del Presupuesto General del Estado – Gestión 2012, dispone que los servidores del sector público, que perciban remuneración mensual, no podrán gozar de dietas, gastos de representación o cualquier otro beneficio colateral por su participación o representación oficial en Directorios, Consejos, Comités, Comisiones, Fond...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0468

Tipo: FE DE ERRATAS No 1445

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/fe-de-erratas-1445-del-19-diciembre-2012

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