Bolivia | Ley No 0169 del 09 de Septiembre de 2011

RESUMEN: Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE - 2011).

LEY Nº 169
LEY DE 9 DE SEPTIEMBRE DE 2011

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

LEY DE MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO

(PGE – 2011)

ARTÍCULO 1. (OBJETO).-

La presente Ley tiene por objeto aprobar las modificaciones al Presupuesto General del Estado Gestión 2011 y establecer disposiciones generales de aplicación para las entidades del Sector Público.

ARTÍCULO 2. (PRESUPUESTO MODIFICADO AGREGADO Y CONSOLIDADO 2011).-

Se aprueba el Presupuesto Modificado de recursos y gastos para la Gestión 2011, por un importe total agregado de Bs3.271.453.344.- (Tres Mil Doscientos Setenta y Un Millones Cuatrocientos Cincuenta y Tres Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro 00/100 Bolivianos) y un consolidado de Bs2.928.818.053.- (Dos Mil Novecientos Veintiocho Millones Ochocientos Dieciocho Mil Cincuenta y Tres 00/100 Bolivianos), según Anexo I.

ARTÍCULO 3. (MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS).-

Se autoriza al Órgano Ejecutivo a través de los Ministerios de Economía y Finanzas Públicas, y de Planificación del Desarrollo, efectuar modificaciones presupuestarias de gasto corriente y de inversión pública según Anexos II y III.

ARTÍCULO 4. (ASIGNACIÓN DE RECURSOS PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN).-

Se autoriza de manera extraordinaria a los Gobiernos Autónomos Municipales, destinar recursos provenientes de Coparticipación Tributaria y del Impuesto Directo a los Hidrocarburos, para la conclusión de proyectos de inversión, canalizados por la Unidad de Proyectos Especiales y/o aquellos cuya ejecución estuviera comprometida con recursos de donación de la Unión de Naciones Sudamericanas.

ARTÍCULO 5. (TRANSFERENCIA DE RECURSOS DE CONTRAPARTE LOCAL A LA ADMINISTRADORA BOLIVIANA DE CARRETERAS – ABC).-

I. Los Gobiernos Autónomos Departamentales, deberán transferir o reembolsar a la ABC, los recursos correspondientes a contraparte local de proyectos de inversión, establecidos en los contratos de préstamos.

II. En caso de incumplimiento y con el objeto de garantizar la continuidad y ejecución de los proyectos, así como el pago de los recursos anticipados por el Tesoro General de la Nación, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas – MEFP efectuar débitos automáticos de las cuentas fiscales de los Gobierno Autónomo Departamental – GAD, a requerimiento de la Administradora Boliviana de Carreteras – ABC, debidamente justificado.

ARTÍCULO 6. (VALORACIÓN DE VENTA DE GAS NATURAL POR REDES EN MERCAD...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0295

Tipo: LEY No 169

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/ley-0169-del-09-septiembre-2011

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