Bolivia | Ley No 204 del 15 de Diciembre de 2011

RESUMEN: Crea el Fondo de Apoyo al Complejo Productivo Lácteo - PROLECHE y establecer sus fuentes de financiamiento, en el marco de la política de seguridad alimentaria con soberanía del Estado Plurinacional.

LEY Nº 204
LEY DE 15 DE DICIEMBRE DE 2011

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

D E C R E T A :

LEY DE CREACIÓN DEL FONDO DE APOYO AL COMPLEJO PRODUCTIVO LÁCTEO – PROLECHE

CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1. (OBJETO).-

La presente Ley tiene por objeto crear el Fondo de Apoyo al Complejo Productivo Lácteo – PROLECHE y establecer sus fuentes de financiamiento, en el marco de la política de seguridad alimentaria con soberanía del Estado Plurinacional.

ARTICULO 2. (FONDO DE APOYO AL COMPLEJO PRODUCTIVO LÁCTEO – PROLECHE).-

Se crea el Fondo de Apoyo al Complejo Productivo Lácteo – PROLECHE, el cual tendrá como objetivos:

1. Contribuir a la seguridad alimentaria con soberanía, facilitando el acceso de las bolivianas y bolivianos a los productos lácteos.

2. Promover el consumo de productos lácteos para elevar los niveles nutricionales de la población.

3. Fomentar el desarrollo del Complejo Productivo Lácteo.

ARTICULO 3. (ALCANCES).-

Los programas y proyectos estarán orientados a apoyar a los actores productivos del sector lácteo, en función a la aplicación de los siguientes criterios técnicos y económicos:

1. Para los productores de leche:

a) Escala de Operaciones, priorizando el apoyo a los pequeños productores.

b) Calidad, los pequeños productores deberán cumplir con la normativa de calidad de la leche fresca establecida por la entidad competente.

2. Para las Industrias Lácteas:

a) Certificación de Precio Justo: serán beneficiarias de los programas y proyectos de apoyo, las empresas que cuenten con la Certificación de Precio Justo y el precio establecido impreso en el envase (CPJ) a ser emitida por el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, según reglamento a ser aprobado.

b) Escala de Operaciones, priorizando el apoyo a las pequeñas empresas.

c) Productos finales: se favorecerá a las empresas que elaboren productos de consumo masivo o popular.

d) Mercado de destino de la producción: recibirán mayor apoyo las empresas que destinen su producción totalmente al mercado interno.

e) Calidad: las empresas beneficiarias deberán cumplir con la normativa de calidad de productos lácteos establecida por la entidad competente.

CAPÍTULO SEGUNDO
FONDO PROLECHE

ARTICULO 4. (ADMINISTRACIÓN DEL FONDO).-

La instancia responsable de la administración del Fondo de Apoyo al Complejo Productivo Lácteo – PROLECHE, será la entidad desconcentrada PRO BOLIVIA, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural.

ARTICULO 5. (FUNCIONES).-

Además de las funciones y atribuciones legalmente establecidas, PRO BOLIVIA asumirá las siguientes funciones resp...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0326

Tipo: LEY No 204

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/ley-204-del-15-diciembre-2011

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