Bolivia | Ley No 3546 del 28 Noviembre 2006

RESUMEN: Se declara de Prioridad Nacional la construcción del Complejo Agroindustrial de San Buenaventura, teniendo como base la implementación del Ingenio Azucarero del Norte Paceño.

LEY Nº 3546
LEY DE 28 DE NOVIEMBRE DE 2006

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º (Objeto).-

Se declara de Prioridad Nacional la construcción del Complejo Agroindustrial de San Buenaventura, teniendo como base la implementación del Ingenio Azucarero del Norte Paceño, ubicado en San Buenaventura, Provincia Abel Iturralde del Departamento de La Paz, para la producción de azúcar, biocombustible en base al etanol, alcohol anhidro y alcohol deshidratado, así como también la producción de palma africana para la producción de aceite y biodiesel, como fuentes de energía renovable y compatible dentro del marco de la producción ecológicamente sostenible.

ARTICULO 2º (Naturaleza de la Empresa).-

Se crea la Empresa “Complejo Agroindustrial de San Buenaventura”, con carácter de entidad de derecho público, con
patrimonio propio, autonomía de gestión técnica, financiera, administrativa y legal, con participación y control social, bajo tuición de la Prefectura Departamental de La Paz; por estas características se la define como una empresa de carácter público social.

ARTICULO 3º (Del Directorio).-

El Directorio es la máxima instancia de decisión, el mismo que estará constituido por la participac...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 2953

Tipo: LEY No 3546

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/ley-3546-del-28-noviembre-2006

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