Bolivia | Ley No 498 del 17 de Febrero de 2014

RESUMEN: Declara Monumentos Histórico-Culturales del pueblo boliviano, a la Capilla "San Martin" y a la "Casa de Piedra" de la zona Kututu del Distrito 7 del Municipio de Achocalla del Departamento de La Paz, en homenaje a los Mártires de la Liberación Nacional que sufrieron vejación, torturas y asesinato en dichos inmuebles, en las dictaduras militares de los años setenta del siglo pasado.

LEY Nº 498
LEY DE 17 DE FEBRERO DE 2014

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

D E C R E T A :

Artículo 1.

Se declara Monumentos Histórico-Culturales del pueblo boliviano, a la Capilla “San Martin” y a la “Casa de Piedra” de la zona Kututu del Distrito 7 del Municipio de Achocalla de...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0618

Tipo: LEY No 498

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/ley-498-del-17-febrero-2014

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