LEY Nº 513
LEY DE 26 DE MARZO DE 2014
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único.
I. De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I numeral 13 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación a título gratuito de los siguientes bienes inmuebles:
a. Lote de terreno de 5.000 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Desaguadero, situado en la zona Paiskakollo Taypi, Provincia Ingavi, Municipio de Desaguadero del Departamento de La Paz, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada N° 2.08.4.01.0000802, cuyas colindancias son: al Norte: Bosquecillo; al Sur: Nueva Urbanización; al Este: Conturin; y al Oeste: Braulio Prudencio; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 016/2013, de fecha 19 de julio de 2013.
b. Lote de terreno de 11.760,36 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Achacachi, situado en Kjasina Norte de la Provincia Omasuyos, Municipio de Achacachi del Departamento de La Paz, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 2.02.1.01.0001002, cuyas colindancias son: al Norte: Área común; al Sur: Área común; al Este: Carretera Achacachi – La Paz; y al Oeste: Área común; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 030/2013, de fecha 12 de junio de 2013.
c. Lote de terreno de 6.570,60 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Copacabana, situado en la avenida José P. Mejía zona Villa Bella Cruz de la Provincia Manco Kapac, Municipio de Copacabana del Departamento de La Paz, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 2.17.1.01.0001834, cuyas colindancias son: al Norte: Avenida José P. Mejía; al Sur: Avenida Illampu; al Este: Calle sin nombre; y al Oeste: Calle Entre Ríos; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 23/2013, de fecha 4 de julio de 2013.
d. Lote de terreno de 5.000 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Caranavi, situado en la zona Sub-Urbana (Sector Broncini) avenida Cafetal, Lote 1 – Manzano 4, Provincia Caranavi, Municipio de Caranavi del Departamento de La Paz, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 2.20.1.01.0002229, cuyas colindancias son: al Norte: Avenida Cafetal; al Sur: Lote 2; al Este: Calle E; y al Oeste: Calle A; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 026/2013, de fecha 1 de agosto de 2013.
e. Lote de terreno de 5.052,36 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Guanay, situado en la zona Miguel Doolling, Provincia Larecaja, Municipio de Guanay del Departamento de La Paz, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 2.06.2.01.0000188, cuyas colindancias son: al Norte: NSC; al Sur: NSC; al Este: NSC; y al Oeste: NSC; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 055/2013, de fecha 9 de agosto de 2013.
f. Lote de terreno de 5.000 metros cuadrados de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Coroico, situado en la zona “C” localidad de Coroico Circunvalación-Ex Ferrocarril, Provincia Nor Yungas, Municipio de Coroico del Departamento de La Paz, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 2.14.1.01.0001474; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 02...
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