Bolivia | Ley No 527 del 23 de Mayo de 2014

RESUMEN: De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I, Numeral 13, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno ubicado en la zona de Colcapirhua Norte, Manzano D, Distrito 31-N, del municipio de Colcapirhua, provincia Quillacollo del departamento de Cochabamba, de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Colcapirhua, con una superficie de 1.476,20 metros cuadrados y registrado en las oficinas de Derechos Reales de Quillacollo, bajo la Matrícula Computarizada N° 3.09.5.01.0005380, N° de Asiento A-1, cuyas colindancias son: al Norte, con la propiedad del señor José Espinoza y con la propiedad de la familia Pahuasi; al Sud, con continuación de calle de 10,00 metros y con los lotes 23, 21 y 20; al Este, con la propiedad del señor José Espinoza y con los lotes 23, 21 y 20; y al Oeste, con una calle innominada de 10,00 metros; a favor del Consejo de la Magistratura-Órgano Judicial, y con destino a la construcción del Edificio Judicial, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 49/2013, promulgada el 16 de julio de 2013.

LEY Nº 527
LEY DE 23 DE MAYO DE 2014

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

D E C R E T A:

ARTÍCULO ÚNICO.

De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I, Numeral 13, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enaj...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0650

Tipo: LEY No 527

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/ley-527-del-23-mayo-2014

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