LEY Nº 536
LEY DE 20 DE JUNIO DE 2014
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.
De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I Numeral 13, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título gratuito, de dos (2) lotes de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Potosí, a favor del Servicio General de Identificación...
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