LEY N° 1124
LEY DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2018
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. (APROBACIÓN DE TRES (3) CONTRATOS ADMINISTRATIVOS MINEROS).
I. De conformidad con lo establecido en elnumeral 12 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, y el Artículo 132 de la Ley N° 535 de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, se aprueban los siguientes Contratos Administrativos Mineros suscritos por la Dirección Departamental Oruro de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM, con los distintos Actores Productivos Mineros, bajo el siguiente detalle:
Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/0003/2018, suscrito con la Empresa Estatal CORPORACIÓN MINERA DE BOLIVIA, correspondiente al área denominada CAPURATAS I, con código único 2004928, compuesta por veintiocho (28) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Turco de la Provincia Sajama del Departamento de Oruro.
Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/0001/2018, suscrito con la Empresa Unipersonal ROB...
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