LEY N° 1127
LEY DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2018
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. (APROBACIÓN DE DOCE (12) CONTRATOS ADMINISTRATIVOS MINEROS).
I. De conformidad con lo establecido en elnumeral 12 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, y el Artículo 132 de la Ley N° 535 de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, se aprueban los siguientes Contratos Administrativos Mineros suscritos por la Dirección Departamental de Santa Cruz de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM, con los distintos Actores Productivos Mineros, bajo el siguiente detalle:
Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDSC/CAM/0001/2018, suscrito con la Empresa ROY MINERALS COMPANY S.R.L., correspondiente al área denominada OASIS, con código único 1003847, compuesta por dos (2) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Concepción de la Provincia Ñuflo de Chávez del Departamento de Santa Cruz.
Contrato Administrativo Minero N° AJAM/DDSC/CAM/0002/2018, suscrito con la Empresa ROY MINERALS COMPANY S.R.L., correspondiente al área denominada REYNA ISA...
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