Bolivia | Ley No 1242 del 07 de Octubre de 2019

RESUMEN: Aprueba la transferencia, a título oneroso, de 60 lotes de terreno, con una superficie total de 16.640,43 m2 de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta, ubicados en los Distritos 2, 3 y 4 del Municipio de Riberalta, Provincia Vaca Díez del Departamento del Beni, a favor de sesenta (60) poseedores beneficiarios de conformidad a la Ley Municipal Amazónica N° 064 de 25 de septiembre de 2017, modificada por la Ley Municipal Amazónica Nº 092 de 02 de agosto de 2018 y modificada por la Ley Municipal Amazónica Nº 121 de 18 de septiembre de 2019, emitidas por el Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta.

LEY N° 1242
LEY DE 07 DE OCTUBRE DE 2019

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.

I. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título oneroso, de 60 lotes de terreno, con una superficie total de 16.640,43 m2 de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta, ubicados en los Distritos 2, 3 y 4 del Municipio de Riberalta, Provincia Vaca Díez del Departamento del Beni, a favor de sesenta (60) poseedores beneficiarios de conformidad a la Ley Municipal Amazónica N° 064 de 25 de septiembre de 2017, modificada por la Ley Municipal Amazónica Nº 092 de 02 de agosto de 2018 y modificada por la Ley Municipal Amazónica Nº 121 de 18 de septiembre de 2019, emitidas por el Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta; de acuerdo al siguiente detalle:

41 lotes de terreno con una superficie de 11.166,95 m2, fracción de una superficie total de 345.748,00 m2, ubicados en la Urbanización Buena Ventura: Barrios 7 de agosto, Nuevo Horizonte y 6 de Julio; registrado en oficinas de Derechos Reales de la ciudad de Riberalta, bajo el Folio Real con+ Matrícula Computarizada N° 8.02.1.01.0013656.
3 lotes de terreno con una superficie de 698,48 m2, fracción de una superficie total de 30.230,00 m2, ubicados en la Urbanización AASANA: Barrio Unido; registrado en oficinas de Derechos Reales de la ciudad de Riberalta, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 8.02.1.01.0013660.
7 lotes de terreno con una superficie de 2.012,50 m2, fracción de una superficie total de 10.000,00 m2, ubicados en la Urbanización Santa Teresita: Barrio Centenario; registrado en oficinas de Derechos Reales de la ciudad de Riberalta, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 8.02.1.01.0009990.
2 lotes de terreno con una superficie de 575,00 m2, fracción de una superficie total de 10.000,00 m2, ubicados en la Urbanización Santa Teresita – Zona D: Barrio Palmera; registrado en oficinas de Derechos Reales de la ciudad de Riberalta, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 8.02.1.01.0010005.
1 lote de terreno con una superficie de 287,50 m2, fracción de una superficie total de 10.000,00 m2, ubicado en la Urbanización Santa Teresita – Zona E: Barrio Centenario; registrado en oficinas de Derechos Reales de la ciudad de Riberalta, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 8.02.1.01.0009997.
5 lotes de terreno con una superficie de 1.500,00 m2, fracción de una superficie total de 62.834,00 m2, ubicados en la Urbanización El Trapiche, Barrio Palmera; registrado en oficinas de Derechos Reales de la ciudad de Riberalta, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 8.02.1.01.0001058.
1 lote de terreno con una superficie de 400,00 m2, fracción de una superficie total de 73.648,63 m2, ubicado en la Urbanización Roberto Barbery – Zona D: Barrio El Saí; registrado en oficinas de Derechos Reales de la ciudad de Riberalta, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 8.02.1.01.0013657.

II. La nómina de los sesenta (60) beneficiarios, y los detalles técnicos se encuentran en el Anexo que forma parte indivisible de la presente Ley.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los tres días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.

Fdo. Rubén Medinaceli Ortiz, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Victor Hugo Zamora Castedo, Eliana Mercier Herrera, Sandra Cartagena Lopez, Nelly Lenz Roso.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Municipio de Riberalta, de la Provincia Vaca Diez del Departamento del Beni, a los siete días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Oscar Coca Antezana.


FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1203

Tipo: LEY No 1242

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/ley-no-1242-del-07-de-octubre-de-2019

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