Bolivia | Ley No 1276 del 07 de Febrero de 2020

RESUMEN: Ratifica la “Convención de las Naciones Unidas sobre la Transparencia en los Arbitrajes entre Inversionistas y Estados en el Marco de un Tratado”, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 2014 y suscrito por el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia en la Sede de la Organización de las Naciones Unidas en Nueva York, el 16 de abril de 2018.

LEY N° 1276
LEY DE 07 DE FEBRERO DE 2020

JEANINE AÑEZ CHAVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO 1.

De conformidad con el numeral 14 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, y los Artículos 33, Parágrafo I inciso b), y 37 de la Ley N° 401 de 18 de septiembre de 2013, de Celebración de Tratados, se ratifica la “Convención de las Naciones Unidas sobre la Transparencia en los Arbitrajes entre Inversionistas y Estados en el Marco de un Tratado”, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 2014 y suscrito por el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia en la Sede de la Organización de las Naciones Unidas en Nueva York, el 16 de abril de 2018.

ARTÍCULO 2.

El Órgano Ejecutivo queda encargado de formalizar el depósito del Instrumento de ratificación de la “Convención de las Naciones Unidas sobre la Transparencia en los Arbitrajes entre Inversionistas y Estados en el Marco de un Tratado”.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil veinte.

Fdo. Mónica Eva Copa Murga, Simón Sergio Choque Siñani, Noemi Natividad Díaz Taborga, Eliana Mercier Herrera, Sandra Cartagena López, Norman Lazarte Calizaya.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de febrero del año dos mil veinte.

FDO. JEANINE AÑEZ CHAVEZ, Yerko M. Núñez Negrette MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Alvaro Eduardo Coimbra Cornejo.


FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1235

Tipo: LEY No 1276

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/ley-no-1276-del-07-de-febrero-de-2020

Alertas Legislativas por E-Mail

suscriptores registrados.

Vobolex.org Powered by Derechoteca ©®™ 2023