Bolivia | Ley No 966 del 13 de Julio de 2017

RESUMEN: LEY DEL DERECHO DE VÍA Y DEL REGISTRO PÚBLICO DE DOMINIO VIAL.

LEY N° 966
LEY DE 13 DE JULIO DE 2017

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

LEY DEL DERECHO DE VÍA Y DEL REGISTRO PÚBLICO DE DOMINIO VIAL

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1. (OBJETO).

La presente Ley tiene por objeto:

Establecer los alcances y la naturaleza del Derecho de Vía sobre las carreteras de la Red Fundamental, para su protección.
Crear el Registro Público de Dominio Vial.

ARTÍCULO 2. (NATURALEZA DEL DERECHO DE VÍA).

I. El Derecho de Vía se constituye a título de dominio público, recae sobre las carreteras de la Red Fundamental y sus elementos funcionales, es inalienable, imprescriptible e inviolable, y permite la libre circulación.

II. Para fines de protección, la naturaleza del Derecho de Vía se extiende a las servidumbres viales u otros derechos secundarios, constituidos o afectados, que por sus circunstancias resultan de utilidad pública.

ARTÍCULO 3. (PRINCIPIOS).

Los actos relativos al Derecho de Vía, se rigen principalmente por los siguientes principios:

Buena Fe;
Razonabilidad;
Proporcionalidad;
Verdad Material;
Seguridad;
Cooperación;
Transparencia;
Diversidad Cultural.

ARTÍCULO 4. (POLÍTICAS PÚBLICAS Y GESTIÓN DEL DERECHO DE VÍA).

I. El Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, formulará políticas públicas de protección y gestión de los bienes de dominio vial de la Red Fundamental de Carreteras, en el marco de la Ley N° 165 de 16 de agosto de 2011, “Ley General de Transporte”, la presente Ley y otras disposiciones aplicables.

II. La Administradora Boliviana de Carreteras – ABC, es la entidad que a nombre del Estado y en el ámbito de sus competencias, se encarga de la gestión integral del Derecho de Vía, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 165, la presente Ley y otras disposiciones vinculadas.

III. El Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda,...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0979

Tipo: LEY No 966

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/ley-no-966-del-13-de-julio-de-2017

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