LEY N° 969
LEY DE 13 DE AGOSTO DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
LEY DE PROTECCIÓN, DESARROLLO INTEGRAL Y SUSTENTABLE DEL TERRITORIO INDÍGENA Y PARQUE NACIONAL ISIBORO SÉCURE – TIPNIS
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. (OBJETO)
La presente Ley tiene por objeto la protección, desarrollo integral y sustentable del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure – TIPNIS, en armonía con los derechos de la Madre Tierra, como resultado de la consulta previa libre e informada a los pueblos Mojeño-Trinitario, Chimán y Yuracaré.
ARTÍCULO 2. (MARCO CONSTITUCIONAL).
La presente Ley se rige por lo dispuesto en los Artículos 2, 30 Parágrafo II numeral 4, 385 Parágrafo II, y 403 de la Constitución Política del Estado.
ARTÍCULO 3. (ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ALCANCE).
El ámbito de aplicación de la presente Ley alcanza a:
Los pueblos Mojeño-Trinitario, Chimán y Yuracaré que habitan el Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure – TIPNIS.
Entidades dependientes del nivel central del Estado y Entidades Territoriales Autónomas, en el marco de sus competencias.
Personas naturales y jurídicas de carácter privado, conforme a lo que dispone la presente Ley.
ARTÍCULO 4. (PRINCIPIOS).
Además de los principios establecidos en la Ley N° 300 Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien, y la Ley N° 1333 de Medio Ambiente; el desarrollo integral y sustentable, así como la protección, se regirán bajo los siguientes principios:
Accesibilidad. Los pueblos indígena originario tienen derecho al acceso universal y equitativo a los servicios básicos y es responsabilidad del Estado, en todos su niveles, proveerlos mediante medidas idóneas y oportunas con criterios de universalidad, responsabilidad, accesibilidad, continuidad, calidad, eficiencia, eficacia, tarifas equitativas y cobertura necesaria.
Armonía con la Madre Tierra. El Estado Plurinacional de Bolivia promueve una relación armónica, dinámica, adaptativa y equilibrada entre las necesidades de los pueblos indígenas del TIPNIS, con la capacidad de regeneración de los componentes y sistemas de vida de la Madre Tierra a través del desarrollo integral y sustentable.
Pluriculturalidad. Refiere a la coexistencia armónica y pacífica de diferentes pueblos indígena originarios y cul...
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