RESOLUCION ADMINISTRATIVA 05-235-95
La Paz, 21 de Julio de 1995
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, la Dirección General de Impuestos Internos mediante Resolución Administrativa No.
05-107-95 de fecha 28-04-95 a dispuesto una prórroga hasta el 21-07-95 inherente al I.R.P.E.
para las Empresas Comerciales, Bancarias, de Seguros, de Servicios y otras, correspondiente a la
gestión fiscal que finalizó el 31 de diciembre de 1994.
Que, para cumplir con la mencionada obligación tributaría , la Dirección General de Impuestos
Internos y las Administraciones Regionales de la República han recibido varias solicitudes para una
prórroga de dicho impuesto, por lo que se hacen atendibles estas peticiones, señalando un nuevo
plazo,
POR TANTO:
La Dirección General de Impuestos Internos en atribución conferida por el artículo 127 del Código
Tributario
RESUELVE:
1. Prorrogar el plazo para la presentación de las declaraciones juradas y el pago
correspondiente del IMPUESTO ALA RENTA PRESUNTA DE LAS EMPRESAS, para las
empresas Comerciales, Bancarias, de Seguros, de Servicios y otras cuyo balance de gestión
cierra el 31 de diciembre de 1994, hasta el 27 de julio del año en curso.
Comuníquese, regístrese y cúmplase.