RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 05-517-92
La Paz, 6 de Noviembre de 1992
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, diversas entidades representativas del sector empresarial, han hecho conocer
esta Dirección General las dificultades de orden práctico que, en su opinión,
existirían para poder cumplir con las normas contenidas en la Resolución
Administrativa N° 406-92, de 9 de septiembre de 1992. Asimismo, dichas entidades
han expresado la conveniencia de precisar los alcances del artículo 139 del Código
Tributario, citado en el primer considerando de la Resolución Administrativa N° 05-
418-92, de 16 de septiembre de 1992.
Que, existiendo razones atendibles, y a fin de otorgar a los contribuyentes las más
amplias facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, sin enervar
las facultades de fiscalización que el Artículo 131 del Código Tributario confiere a
esta Dirección G...
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