Bolivia | RESOLUCION MINISTERIAL No 279 del 22 de Octubre de 2013

RESUMEN: Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, Aprobar Plan de Asignación de Frecuencias de Radiodifusión.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 279

La Paz, 22 de octubre de 2013

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que el numeral 22 del parágrafo I del artículo 14 del Decreto Supremo Nº 29894 de 07 de febrero de 2009, de la Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, establece como atribución de los Ministros de Estado, emitir resoluciones ministeriales en el marco de sus competencias.

Que el parágrafo I del artículo 348 de la Constitución Política del Estado establece que el espectro electromagnético, es un recurso natural. El parágrafo II del mencionado artículo señala que los recursos naturales son de carácter estratégico y de interés público para el desarrollo del país.

Que el numeral 5 del parágrafo II del artículo 6 de la Ley Nº 164 de 08 de agosto de 2011 General de Telecomunicaciones, Tecnologías de la Información y Comunicación, indica que el Espectro Radioeléctrico es el conjunto de frecuencias del espectro electromagnético usadas para los servicios de radiodifusión, de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación.

Que el parágrafo I del artículo 8 de la mencionada Ley señala que el Plan Nacional de Frecuencias reglamentará el uso equitativo y eficiente del espectro radioeléctrico a nivel nacional, considerando, entre otros, los aspectos económicos, de seguridad, educativos, científicos, de interés público y técnicos conforme a políticas de Estado, intereses nacionales y compromisos internacionales aprobados con el objeto de optimizar su uso y evitar interferencias perjudiciales. Asimismo, el parágrafo II del referido artículo establece que la administración, asignación, autorización, control, fiscalización y supervisión del uso de las frecuencias electromagnéticas en redes de telecomunicaciones, radiodifusión y otras en el territorio nacional le corresponde al nivel central del Estado a través de la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT, de acuerdo al Plan Nacional de Frecuencias.

Que el parágrafo I del artículo 10 de la Ley Nº 164 indica que la distribución del total de canales de la banda de frecuencias para el servicio de radiodifusión en frecuencia modulada y televisión analógica a nivel nacional donde exista disponibilidad, se sujetará a lo siguiente:

1. Estado, hasta el treinta y tres por ciento (33%).

2. Comercial, hasta el treinta y tres por ciento (33%).

3. Social comunitario, hasta...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0578

Tipo: RESOLUCION MINISTERIAL No 279

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/resolucion-ministerial-279-del-22-octubre-2013

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