Bolivia | RESOLUCION MINISTERIAL No 127/2016 del 08 de Agosto de 2016

RESUMEN: Ministerio de Autonomías

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 127/2016
La Paz, 8 de agosto de 2016.

VISTOS:

La solicitud presentada por el representante legal del INSTITUTO BOLIVIANO DEL CEMENTO Y EL HORMIGON, entidad civil sin fines de lucro, conformada como ente de coordinación, cuya sigla es IBCH, con domicilio legal en la Avenida 14 de septiembre No. 6237 de la ciudad de La Paz, del Departamento de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, la documentación de respaldo, informe preliminar y final y, disposiciones legales y normativas en vigencia.

CONSIDERANDO:

Que el numeral 15, Parágrafo II del artículo 298 de la Constitución Política del Estado Plurinacional establece como competencia exclusiva del nivel central del Estado la otorgación y Registro de personalidad jurídica a Organizaciones No Gubernamentales, Fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en más de un Departamento.

Que los Decretos Supremos N° 29894, de 7 de febrero de 2009 y Nº 0802 de 23 de febrero de 2011, determinan la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, creando y señalando las atribuciones y competencias del Ministerio de Autonomías de conformidad a lo dispuesto en la Constitución Política del Estado.

Que la Ley Nº 351 de 5 de marzo de 2013, Ley de Otorgación de Personalidades Jurídicas, regula la otorgación y el registro de la personalidad jurídica a organizaciones sociales, organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro, que desarrollen actividades en más de un Departamento y cuyas actividades sean no financieras.

Que el Artículo 8 de la referida Ley Nº351, prescribe que el Ministerio de Autonomías es la entidad competente de la otorgación y registro de la personalidad jurídica.

Que mediante memorial de fecha 22 de julio de 2014, el INSTITUTO BOLIVIANO DEL CEMENTO Y EL HORMIGON, entidad civil sin fines de lucro, conformada como ente de coordinación solicita modificación de Estatuto Orgánico y Reglamento Interno.

Que mediante memorial de fecha 23 de junio de 2016, el INSTITUTO BOLIVIANO DEL CEMENTO Y EL HORMIGON, entidad civil sin fines de lucro, conformada como ente de coordinación presentó documentación faltante y aclaraciones para subsanar las observaciones dentro del trámite de modificación de su Estatuto Orgánico y Reglamento Interno.

Que el Informe Legal DGAJ N°630/2016 de 2 de agosto de 2016, concluye que INSTITUTO BOLIVIANO DEL CEMENTO Y EL HORMIGON, entidad civil sin fines de lucro, conformada como ente de coordinación cuya sigla es IBCH ha dado cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 7 de la Ley Nº 351; artículos 6, Parágrafo II y el Parágrafo I de la Disposición Transitoria Segunda del Decreto Supremo N°1597.

POR TANTO:

El Ministro de Autonomías con las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 29894 de 7 de febrero de 2009, el Decreto Supremo No. 802 de 23 de febrero de 2011, el Artículo 8 de la Ley Nº 351 de 19 de marzo de 2013 de Otorgación de Personalidades Jurídicas, el inciso a) del artículo 23 del Decreto Supremo Nº 1597 de 5 de junio de 2013 Reglamento Parcial a la Ley de Otorgación de Personalidades Jurídicas y, las disposiciones legales en vigencia,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.-
Aprobar la Modificación del Estatuto Orgánico y Reglamento Interno correspondientes al INSTITUTO BOLIVIANO DEL CEMENTO Y EL HORMIGON, entidad civil sin fines de lucro, conformada como ente de coordinación cuya sigla es IBCH, correspondiéndole desarrollar actividades no financieras en todos los Departamentos que comprenden el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, según el objeto y fines establecidos en su Estatuto, con la prohibición de dedicarse a actividades ilícitas que atenten a la seguridad pública u otras tareas no determinadas en su Estatuto, bajo sanción de revocatoria de la Personalidad Jurídica.

ARTÍCULO 2.-
Registrar el Estatuto Orgánico conformado por Once Títulos, Treinta y Ocho Artículos, y el Reglamento Interno integrado por Cinco Títulos y Doce Artículos del INSTITUTO BOLIVIANO DEL CEMENTO Y EL HORMIGON, entidad civil sin fines de lucro, conformada como ente de coordinación cuya sigla es IBCH, en el Sistema de

Registro de Personalidades Jurídicas – SIREPEJU, componente “Base de datos de los Estatutos y Reglamentos Internos de las personas colectivas”.

Remítase copia de la presente Resolución al Ministerio de la Presidencia para su correspondiente publicación en la Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia, previo cumplimiento de las formalidades pertinentes por parte del INSTITUTO BOLIVIANO DEL CEMENTO Y EL HORMIGON.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
Fdo. Hugo Siles Núñez del Prado MINISTRO DE AUTONOMIAS.


FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0917

Tipo: RESOLUCION MINISTERIAL No 127/2016

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/resolucion-ministerial-no-1272016-del-08-de-agosto-de-2016

Alertas Legislativas por E-Mail

suscriptores registrados.

Vobolex.org Powered by Derechoteca ©®™ 2023