RESUMEN: Otorgar personalidad jurídica a la FUNDACION CANARU, correspondiéndole desarrollar actividades no financieras en todos los departamentos que comprende el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, según el objetivo y fines establecidos en su Estatuto, con la prohibición de dedicarse a actividades ilícitas que atenten a la seguridad pública y otras tareas no determinadas en su Estatuo, bajo sanción de revocatoria de la personalidad jurídica.