DECRETO SUPREMO N° 1385
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que los numerales 4 y 6 del Artículo 316 de la Constitución Política del Estado, establecen las funciones del Estado en la economía, entre las que se encuentran participar directamente en la economía mediante el incentivo y la producción de bienes y servicios económicos y sociales para promover la equidad económica y social, e impulsar el desarrollo, evitando el control oligopólico de la economía; y promover prioritariamente la industrialización de los recursos naturales renovables y no renovables, en el marco del respeto y protección del medio ambiente, para garantizar la generación de empleo y de insumos económicos y sociales para la población.
Que el Decreto Supremo N° 29254, de 5 de septiembre de 2007, crea la Empresa Pública Nacional Estratégica denomin...
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