Ley Nº 4121
LEY DE 13 DE NOVIEMBRE DE 2009
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1. (Objeto) Autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la devolución de las reservas de los Seguros y Regímenes Especiales a largo plazo del ex Fondo Complementario de Seguridad Social del Magisterio Fiscal – FOCOSSMAF, determinada en el marco de la Ley Nº 1732 de 29 de noviembre de 1996, de Pensiones y el Decreto Supremo Nº 25053 de 23 de mayo de 1998, que asciende a la suma de Bs.124.763.014,09 (Ciento vienticuatro Millones novecientos Sesenta y Tres mil Catorce 09/100 Bolivianos), en favor de la Mutualidad del Magisterio Nacional – MUMANAL, institución conformada por la Confederación de Maestros Jubilados de Bolivia, la Confederación de Maestros de Educación Rural de Bolivia y la Confederación de Maestros de Educación Urbana de Bolivia a través de:
1. La transferencia de los inmuebles y muebles detallados en los anexos 1 y 2 adjuntos a la presente Ley, por un valor de Bs.20.573.917,52 (Veinte Millones Qui...
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