Bolivia | Decreto Supremo No 25053 del 23 Mayo 1998

RESUMEN: De la administración de seguros y regímenes especiales de largo plazo.

Decreto Supremo Nº 25053

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que el artículo 65 de la Ley Nº 1732 de 29 de noviembre de 1996 (Ley de Pensiones) establece que las prestaciones por seguros y regímenes especiales de largo plazo continuarán siendo pagadas de conformidad a reglamento;

Que el artículo 68 de la Ley de Pensiones determina que el Poder Ejecutivo reglamentará dicha ley mediante decreto supremo.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. (De la administracion de seguros y regimenes especiales por los asegurados) La totalidad de los activos, pasivos y patrimonio de los seguros y regímenes especiales de largo plazo será discriminada del patrimonio de las entidades sujetas a liquidación por Ley Nº 1732 de 29 de noviembre de 1996 (Ley de Pensiones) mediante auditorias especiales realizadas por la Unidad de Reordenamiento del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión.

Concluida la auditoria señalada en el párrafo anterior, el Tesoro Nacional abrirá una cuenta fiscal por cada ente gestor en liquidación, transfiriendo a dicha cuenta fiscal la totalidad de los saldos disponibles de cada seguro o régimen especial determinados por la auditoria especial. Transferidos los activos, pasivos y patrimonio de cada seguro y régimen especial a una cuenta fiscal. los derechos y obligaciones en su totalidad, provenientes de dichos seguros y regímenes especiales de cada ente gestor en liquidación, se transfieren ipso jure a una sociedad accidental que se conformará de acuerdo a la presente norma. A partir de la fecha de transferencia de los activos, pasivos y patrimonio, derechos y obligaciones a la sociedad accidental mencionada en el párrafo anterior, el Tesoro Nacional cesa de ser responsable de cualquier obligación pasada, presente o futura proveniente de dichos seguros y regímenes especiales.

ARTÍCULO 2. (De la sociedad accidental) Por cada ente gestor que hubiera administrado seguros y regímenes especiales se conformará una sociedad accidental que se constituirá por representantes de los...

Ver 6948 caracteres restantes


¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?

Inicia Sesión
o,
Crea una Cuenta Gratis !




FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 2065

Tipo: DECRETO SUPREMO No 25053

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-25053-del-23-mayo-1998

Más información por Whatsapp

Aprovecha los descuentos !


Vobolex.org Powered by Derechoteca ©®™ 2024