DECRETO SUPREMO N° 1872
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Artículo 1 de la Ley Nº 433, de 11 de noviembre de 2013, autoriza al Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y del Liquidador de los ex-Entes Gestores de la Seguridad Social, la transferencia, a título oneroso, de tres (3) predios con una extensión superficial de 10.000,00 m2 cada uno, haciendo un total de 30.000,00 m2, que colinda con la urbanización Estrella del Norte, ubicados en la ciudad de El Alto, del ex-Fondo Complementario de Seguridad Social Fabril.
Que el Artículo 2 de la Ley Nº 433, establece que el procedimiento y precio para la transferencia de los lotes de terreno, estará establecido en el Reglamento Específico.
Que el Parágrafo I del Artículo 24 de la Ley Nº 211, de 23 de diciembre de 2011, del Presupuesto General del Estado – Gestión 2012, vigente por disposición del inciso g) de la Disposición Final Segunda de la Ley Nº 455, de 11 de diciembre de 2013, del Presupuesto General del Estado Gestión 2014, dispone que los ex Entes Gestores de la Seguridad Social que administraban los seguros de Invalidez, Vejez, Jubilación, Muerte y Riesgos Profesionales a largo plazo del antiguo Sistema de Repa...
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