Bolivia | Resolución Normativa de Directorio No 10-0028-12 del 12 de Octubre de 2012 de Impuestos Internos

RESUMEN: PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO PARA ASOCIACIONES ACCIDENTALES

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO PARA ASOCIACIONES ACCIDENTALES
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0028-12

La Paz, 12 de octubre de 2012

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0009-11 de 21 de abril de 2011, se definen los conceptos generales y el procedimiento para la inscripción de contribuyentes en el Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD-11) y la modificación de datos en el mismo.

Que por las características particulares que presentan las Asociaciones Accidentales, es necesario modificar y complementar la citada normativa; asimismo establecer el procedimiento que deberán seguir estas Asociaciones para cumplir con sus obligaciones tributarias.

Que de conformidad al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra facultado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, a nombre del Directorio de la Institución, en uso de las facultades conferidas por el Articulo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano y las disposiciones precedentemente citadas,

RESUELVE:

Artículo 1.- (Modificaciones).

I. Se modifica el Numeral 1.2.2 del Artículo 18 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0009-11 de 21 de abril de 2011, por el siguiente texto:

“1.2.2 Sociedad Civil, Asociación de Transporte o Sindicato y Otros no especificados.

a) Testimonio de Constitución o Documento que acredite su Personería Jurídica.

b) Documento de Identidad vigente del Representante Legal (Cédula de Identidad para los nacionales o Carnet de Extranjería para Extranjeros).

c) Poder Notariado que establezca las facultades del Representante Legal de la entidad.

d) Factura o aviso de cobranza de consumo de energía eléctrica del Domicilio Fiscal cuya fecha de emisión no tenga una antigüedad mayor a 60 días calendario a la fecha de inscripción.”

II. Se modifica el Numer...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No

Tipo: RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO DE IMPUESTOS INTERNOS No 10-0028-12

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/10-0028-12-del-12-de-octubre-de-201-de-impuestos-internos

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