Bolivia | Decreto Supremo No 0559 del 23 Junio 2010

RESUMEN: Establece las normas relativas a la protección de la salud humana, la inocuidad de los alimentos, los derechos de los consumidores y la protección del Medio Ambiente, en el mercado nacional en lo referente a la evaluación, validación, aprobación, autorización y registro de la producción, uso y comercialización de envases de Polietilentereftalato Post Consumo grado alimentario (PET-PCR grado alimentario), y designa a la Autoridad Nacional Competente a este efecto.

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 33 de la Constitución Política del Estado, dispone que las personas tienen derecho a un medio ambiente saludable, protegido y equilibrado, permitiendo a los individuos y colectividades de las presentes y futuras generaciones, además de otros seres vivos, desarrollarse de manera normal y permanente.

Que los Artículos 35 y 75 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado en todos sus niveles protegerá el derecho a la salud, promoviendo políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso gratuito de la población a los servicios de salud. Asimismo establece que los usuarios y consumidores gozan del derecho al suministro de alimentos, fármacos y productos en general en condiciones de inocuidad, calidad y cantidad disponible adecuada y suficiente, con prestación eficiente y oportuna del suministro.

Que el Plan Nacional de Desarrollo aprobado por Decreto Supremo Nº 29272, de 12 de diciembre de 2007, establece que la Seguridad Alimentaria con Soberanía garantiza el acceso oportuno en cantidad y calidad de alimentos sanos, nutritivos y culturalmente apropiados a la población para Vivir Bien. Asimismo en cuanto al fortalecimiento de la institucionalidad estratégica determina que el Servicio Nacional de Sanidad Animal e Inocuidad Alimentaria – SENASAG es la entidad encargada de la administración del régimen específico de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria en el territorio nacional, con atribuciones para preservar la condición sanitaria del patrimonio productivo agropecuario y forestal, el mejoramiento sanitario de la producción animal y vegetal, y garantizar la inocuidad alimentaria en los tramos productivos y de procesamiento que correspondan al sector agropecuario.

Que el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio, parte integral del acuerdo que establece la Organización Mundial del Comercio, tiene como objetivo asegurar que las regulaciones técnicas, las normas, las pruebas y los procedimientos de certificación, no creen obstáculos innecesarios al comercio, por lo cual, los países tienen derecho a adoptar las normas necesarias para alcanzar la protección de la salud humana y los derechos de los consumidores.

Que la Ley Nº 2061, de 16 de marzo de 2000, crea el Servi...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0144

Tipo: DECRETO SUPREMO No 0559

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-0559-del-23-junio-2010

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