DECRETO SUPREMO Nº 1031 29 DE ENERO
PRECIOS MAXIMOS AL CONSUMIDOR.- Se obliga a los comerciantes en general a fijarlos en las mercaderías mediante la adhesión de estampillas.
ENRIQUE HERTZOG G.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, conforme disponen los Decretos Supremos de 17 de septiembre de 1941 y 20 de octubre de 1947, los comerciantes en general están obligados a fijar sus precios de venta al público mediante listas, carteles o pizarras, señalando además, en el envase o producto mismo el precio autorizado por el Ministerio de Economía Nacional;
Que, el Decreto Supremo de 20 de octubre de 1947, y la Resolución Suprema Reglamentaria de 20 de septiembre de 1944 prescriben que la venta de drogas, medicamento...
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