DECRETO SUPREMO Nº 1086 23 DE MARZO
ALCANTARILLADO Y PAVIMENTACION DE SUCRE.- Se autoriza al Banco Central otorgar un empréstito a la Junta encargada de estos trabajos.
ENRIQUE HERTZOG G.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley de 14 de enero de 1941 ha creado recursos con carácter acumulativo para las obras del Alcantarillado y Pavimentación de Sucre, autorizando a la Junta organizada al efecto la colocación de empréstitos globales o escalonados en los bancos del país;
Que la Junta Pro-Alcantarillado y Pavimentación de Sucre ha financiado en el Banco Nacional de Bolivia un empréstito que arroja, en la actualidad, un saldo de Bs. 9.000.000.- aproximadamente y en el Banco Central de Bolivia otro que, con sus ampliaciones, está reducido a Bs. 16.000.000.- actualmente;
Que es conveniente cancelar el crédito al Banco Nacional de Bolivia y consolidarlo en un solo empréstito en el Banco Central a un tipo de interés y amo...
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