Bolivia | Decreto Supremo No 13234 del 30 de Diciembre de 1975

RESUMEN: Amplíase los alcances de los Decretos Nos. 04650 y 10367 de 14-V-57 y 14-VII-72, en beneficio d3 la Biblioteca del Ministerio de Planeamiento y Coordinación, con referencia a la obligación de las empresas editoras del país a entregar dos ejemplares de todas las obras cuyas publicaciones estén a su cargo.

DECRETO SUPREMO Nº 13234
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, los Decretos Supremos Nos. 04650 y 10367 de 14 de mayo de 1957 y 14 de julio de 1972, instituyen con carácter obligatorio el depósito de ejemplares de las obras editadas en el país, con destino a la Biblioteca Nacional de Sucre, a la Biblioteca del Congreso de La Paz, y al Banco del Libro, para constituir el fondo bibliográfico nacional y como medio de difusión cultural;
Que, se hace necesario ampliar dichas disposiciones legales en favor de la Bi...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 829

Tipo: DECRETO SUPREMO No 13234

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-13234-del-30-diciembre-1975

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