Bolivia | Decreto Supremo No 1449 del 31 de Diciembre de 2012

RESUMEN: Modifica el Parágrafo IV del Artículo Único del Decreto Supremo Nº 1331, de 22 de agosto de 2012.

DECRETO SUPREMO N° 1449

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

Que el numeral 1 del Artículo 257 de la Ley Nº 1970, de 25 de marzo de 1999, Código de Procedimiento Penal, establece que la Dirección de Registro, Control y Administración de Bienes Incautados – DIRCABI, tiene como atribución la administración directa o delegada de empresas privadas contratadas al efecto de los bienes incautados y de los confiscados y decomisados hasta el momento de su monetización.

Que el Parágrafo I del Artículo 2 de la Ley Nº 2332, de 8 de febrero de 2002, dispone que todo vehículo automotor, circulará en el territorio nacional obligatoriamente con una placa de identificación.

Que el Reglamento de Administración de Bienes Incautados, Decomisados y Confiscados, aprobado por Ver 3270 caracteres restantes


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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0467

Tipo: DECRETO SUPREMO No 1449

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-1449-del-31-diciembre-2012

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