DECRETO SUPREMO Nº1469
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que los numerales 4 y 6 del Artículo 316 de la Constitución Política del Estado, determinan las funciones del Estado en la economía, entre las que se encuentran participar directamente en la economía mediante el incentivo y la producción de bienes y servicios económicos y sociales para promover la equidad económica y social, e impulsar el desarrollo, evitando el control oligopólico de la economía; y promover prioritariamente la industrialización de los recursos naturales renovables y no renovables, en el marco del respeto y protección del medio ambiente, para garantizar la generación de empleo y de insumos económicos y sociales para la población.
Que el Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 29230, de 15 de agosto de 2007, modificado por el Decreto Supremo N° 1450, de 31 de diciembre de 2012, establece que la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, tiene como principales actividades apoyar a los sectores productivos de alimentos, la compra-venta y/o dotación de insumos, equipamiento...
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