Bolivia | Decreto Supremo No 1552 del 10 de Abril de 2013

RESUMEN: Autoriza a la Oficina Técnica de los Ríos Pilcomayo y Bermejo, incrementar las subpartidas 25810 "Consultorías por Producto" en Bs1.940.000 y 46210 "Consultorías por producto para Construcciones de Bienes Públicos de Dominio Público" en Bs542.410, financiadas con fuente 41 "Trasferencias T.G.N." y Organismo Financiador 119 "Tesoro General de la Nación - Impuesto directo a los Hidrocarburos", a través de un traspaso intrainstitucional afectando la partida 99100 "Provisiones para Gastos de Capital" en Bs2.484.410, destinadas a realizar estudios de pre inversión en las cuentas e los ríos Pilcomayo y Bermejo del Estado Plurinacional de Bolivia.

DECRETO SUPREMO N° 1552

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, determina que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.

Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 1460, de 10 de enero de 2013, que reglamenta la aplicación de la Ley Nº 317, de 11 de diciembre de 2012, del Presupuesto General del Estado – Gestión 2013, en el marco de sus competencias autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo, dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, la inscripción o incremento de las partidas de gasto 25200 “Estudios, In...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0507

Tipo: DECRETO SUPREMO No 1552

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-1552-del-10-abril-2013

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