DECRETO SUPREMO Nº 1818
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 106 de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado garantiza el derecho a la comunicación y el derecho a la información.
Que el Decreto Supremo Nº 0793, de 15 de febrero de 2011, crea el Ministerio de Comunicación, que tiene entre sus atribuciones proponer, diseñar y definir políticas, estrategias y normas de comunicación gubernamental.
Que es necesario facilitar al gobierno central, así como a las entidades del sector público, el acceso a la producción impresa oportuna y de calidad, a precios económicos, de diversos documentos y publicaciones destinadas a la difusión, educación e información de las políticas públicas del Estado Plurinacional.
Que es prioridad nacional contar con una Editorial del Estado Plurinacional de Bolivia siendo necesario para el efecto contar con una imprenta que...
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