DECRETO SUPREMO N° 1840
ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 19 de la Constitución Política del Estado, determina que toda persona tiene derecho a un hábitat y vivienda adecuada que dignifiquen la vida familiar y comunitaria.
Que por Decreto Supremo Nº 28794, de 12 de julio de 2006, se creó el Programa de Vivienda Social y Solidaria – PVS, a cargo del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, como instrumento de la Nueva Política de Vivienda, para atender las necesidades habitacionales requeridas por los sectores de la poblac...
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