Bolivia | Decreto Supremo No 1857 del 07 de Enero de 2014

RESUMEN: Incorpora el Articulo 10 en el Decreto Supremo Nº 1747, de 2 de octubre de 2013.

DECRETO SUPREMO N° 1857

ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo I del Artículo 267 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado boliviano declara su derecho irrenunciable e imprescriptible sobre el territorio que le dé acceso al océano Pacífico y su espacio marítimo.

Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, establece que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.

Que el Ver 2853 caracteres restantes


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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0604

Tipo: DECRETO SUPREMO No 1857

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-1857-del-07-enero-2014

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