DECRETO SUPREMO Nº 22572
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el presupuesto general de la nación debe ser regulado en sus procedimientos de ejecución, seguimiento, control y evaluación, así como en los ajustes y transferencias intrainstitucionales e interinstitucionales y de la propia contabilidad gubernamental, de acuerdo a lo previsto en los artículos 2, 4, 11, 12 y 13 de la
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