Bolivia | Decreto Supremo No 22802 del 15 de Mayo de 1991

RESUMEN: Modificase el art. 2 de la resolución suprema 150730; de 31 de julio de 1969, en sentido de que "Los institutos, academias y otros centros educativos de carácter particular que extienden certificados de egreso a nivel Técnico Medio, Técnico Superior no universitario y de Mano de Obra Calificada, tienen la obligación de sostener por su cuenta el diez por ciento de alumnos becarios y en las mismas condiciones que atienden los colegios particulares del pais".

DECRETO SUPREMO Nº 22802
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O :

Que mediante resolución suprema 150730 de 31 de julio de 1969, se aprobó el reglamento para la concesión de becas en los establecimientos educativos particulares, institutos técnicos y profesionales comerciales y académicas especializadas del país;
Que el Ministerio de Educación y Cultura, concede una subvención económica consistente en una beca pecuniaria mensual, a los alumnos de escasos recursos económicos, para que continúen sus estudios profesionales en institutos de Nivel Superior y escuelas normale...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1694

Tipo: DECRETO SUPREMO No 22802

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-22802-del-15-mayo-1991

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