Bolivia | Decreto Supremo No 23570 del 26 Julio 1993

RESUMEN: Se hallan dentro de los alcances de la Ley General del Trabajo y sus disposiciones complementarias los Deportistas Profesionales, en cualquier rama del Deporte.

DECRETO SUPREMO Nº 23570

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que el Art. primero de la Ley General del Trabajo establece, con carácter general, los derechos y obligaciones emergentes del trabajo, sin precisar las características esenciales que identifican la relación laboral.

Que la ausencia de precisión conceptual en la Ley ha generado la exclusión de varios grupos de asalariados, exigiendo, en cada caso sectorial, disposiciones legales con la finalidad de esclarecer los alcances de la Ley.

Que es necesario determinar con exactitud y precisión el ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo e identificar las especificidades que configuran las relaciones laborales.

Que es deber del Supremo Gobierno Constitucional de la República evitar prácticas discriminatorias, reglamentando las características propias de cada relación laboral.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.­-

De conformidad al Art. 1ro. de la Ley General del Trabajo que determina, de modo general, los derechos y obligaciones emergentes de trabajo asalariado, constituyen características esenciales de la relación laboral: a) La relación de dependencia y subordinación del trabajador respecto del empleador;...

Ver 4028 caracteres restantes


¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?

Inicia Sesión
o,
Crea una Cuenta Gratis !




FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1797

Tipo: DECRETO SUPREMO No 23570

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-23570-del-26-julio-1993

Más información por Whatsapp

Aprovecha los descuentos !


Vobolex.org Powered by Derechoteca ©®™ 2025