Bolivia | Decreto Supremo No 23792 del 31 Mayo 1994

RESUMEN: Modificaciones al D.S. Nº 23660.

DECRETO SUPREMO Nº 23792
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O:

Que en fecha 20 de abril de 1994, ha sido promulgada la Ley Nº 1551 de Participación Popular, que determina profundos cambios en la administración del Estado.
Que la Ley 1493 Ley de Ministerios del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 23660 Reglamento de la Ley de Ministerios de Poder Ejecutivo, asigna las atribuciones de los Ministros de Estado.
Que de conformidad a las normas establecidas por Ley, es facultad del Poder Ejecutivo el adecuar su estructura a las necesidades dinámicas de su funcionamiento.
EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A:

CAPITULO I
DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y DESARROLLO ECONÓMICO

A) DE LA SECRETARIA NACIONAL DE HACIENDA

ARTÍCULO 1.- Se modifica el inciso d) del artículo 45 del Decreto Supremo Nº 23660 de 12 de octubre de 1993, en los siguientes términos:
d) Subsecretaría de Inversión Pública y Financiamiento Externo: responsable de elaborar la programación anual y controlar la ejecución de la Inversión Pública y el Financiamiento Externo, de acuerdo a las prioridades definidas por el Consejo de Ministros a sugerencia del Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible, para ser incorporados en el Presupuesto General de la Nación, bajo las normas definidas por el Sistema Nacional de Inversión Pública y los lineamientos de la Estrategia Nacional de Desarrollo Sostenible.

CAPITULO II

DEL MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO

ARTÍCULO 2.- Se modifica el artículo 71 del Decreto Supremo Nº 23660 de 12 de octubre de 1993, en los siguientes términos:

ARTÍCULO 71.- El Ministerio es la autoridad máxima del Ministerio de Desarrollo Humano. El nivel superior del Ministerio de Desarrollo Humano. El nivel superior del Ministerio está además conformado por las siguientes secretarías nacionales y subsecretarias:
1) Secretaría Nacional de Educación (sin modificaciones)
2) Secretaría Nacional de Salud y Asistencia Social
– Subsecretaría de Salud
– Subsecretaría de Asistencia Social
3) Secretaría Nacional de Asuntos Urbanos (sin modificaciones)
4) Secretaría Nacional de Desarrollo Rural
– Subsecretaría de Promoción Social
– Subsecretaría de Promoción Productiva
5) Secretaría Nacional de Asuntos Etnicos, de Género y Generacionales (sin
modificación)
6) Secretaría Nacional de Cultura (sin modificación)
7) Secretaría Nacional del Deporte (sin modificación)
8) Secretaría Nacional de Política e Inversión Social
-Subsecretaría de Política Social
-Subsecretaría de Inversión Social

A. DE LA SECRETARIA NACIONAL DE SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL

ARTÍCULO 3.- Se modifica el artículo 76 del Decreto Supremo Nº 23660 de 12 octubre de 1993, en los siguientes términos:

ARTÍCULO 76.- La Secretaría Nacional de salud y Asistencia Social tiene como objetivo velar por el derecho a la salud y la atención integral de toda la población, articulando su accionar con la participación popular y la política de asistencia social.

ARTÍCULO 4.- Se crea la Subsecretaría de Asistencia Social: responsable de promover la protección y defensa de grupos sociales marginales vulnerables, con el propósito de satisfacer sus necesidades básicas y de eliminar su condición de marginalidad, normando, fomentando y coordinando las acciones d...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1834

Tipo: DECRETO SUPREMO No 23792

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-23792-del-31-mayo-1994

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