Bolivia | Decreto Supremo No 24762 del 31 Julio 1997

RESUMEN: Declárase PARQUE NACIONAL Y ÁREA NATURAL DE MANEJO INTEGRADO OTUQUIS, con una superficie total de 1.005.950 Has. al territorio ubicado en el Departamento de Santa Cruz, en las provincias Germán Busch y Cordillera.

DECRETO SUPREMO Nº 24762

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO

Que es deber del Supremo Gobierno dentro de la política de conservación de los recursos naturales y mejora del medio ambiente, proteger y preservar en forma permanente la diversidad biológica, los ecosistemas primitivos originales, los paisajes naturales y las formaciones geomorfológicas, con el fin de contribuir al desarrollo del país, el mantenimiento de los procesos ecológicos y la conservación de nuestro patrimonio natural garantizando las opciones futuras del desarrollo.
Que, de acuerdo a la Ley del Medio Ambiente es deber del Estado, regular el uso de los recursos biológicos y patrimonio natural de la nación para su conservación y aprovechamiento sostenible, incentivando la recreación y la investigación científica.
Que, mediante Decreto Supremo 24124 de 29 de septiembre de 1995 se aprueba el Plan de Uso del Suelo (PLUS) del Departamento de Santa Cruz, el que define un Área de Inmovilización Parque Nacional Otuquis en las Provincias Germán Busch y Cordillera, con una superficie aproximada de 729.545 Has. (repartidas en 686.345 Has. de los bañados de Otuquis y 43.200 Has. de Río Pimiento)
Que el Pantanal representa el humedal más grande y menos deteriorado del mundo, cuya representación mejor conservada se encuentra en territorio boliviano, que presenta asimismo un mosaico heterogéneo de ecosistemas por la conjugación de elementos de cuatro de los biomas más importantes de Sudamérica: El Chaco, Amazonía, Cerrado y bosques Chiquitanos.
Que los ecosistemas y especies del Pantanal, bosques Chiquitanos y Cerrado se encuentran amenazados por avance descontrolado de la frontera agrícola y por diversos proyectos de desarrollo, mientras que se encuentran escasamente representados en áreas protegidas.
Que la categoría de Parque Nacional y Área Natural de Manejo Integrado, tiene por objeto la protección estricta y permanente de muestras representativas de ecosistemas o provincias biogeográficas y de los recursos de flora, fauna, así como los geomorfológicos, escénicos o paisajísticos que contengan y cuenten con un tamaño que garantice la continuidad de los procesos ecológicos y evolutivos de sus ecosistemas.
Que, los tipos de suelos y condiciones de inundabilidad, permiten clasificar a la mayor parte del área como no apta para la agricultura y ganadería intensiva.
EL CONSEJO DE MINI...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 2021

Tipo: DECRETO SUPREMO No 24762

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-24762-del-31-julio-1997

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