Bolivia | Decreto Supremo No 26608 del 29 Abril 2002

RESUMEN: Redistribución de los Recursos de la Cuenta Especial Dialogo 2000.

DECRETO SUPREMO Nº 26608

JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que la Ley 2235 del Diálogo Nacional establece criterios de distribución progresivos por pobreza, de los recursos provenientes del Programa de Alivio de la Deuda para Países Pobres Altamente Endeudados Reforzada (HIPC II).
Que el Decreto Supremo 26513 de 21 de febrero de 2001 establece los factores de distribución de recursos de la Cuenta Especial Diálogo 2000, sobre la base de los datos de pobreza establecidos en el Censo Nacional de Población y Vivienda de 1992.
Que el Decreto Supremo 26570 del 2 de abril de 2002 establece los datos oficiales sobre población en Bolivia y sus respectivas cifras ponderadoras, con el fin de distribuir los recursos de Coparticipación Tributaria para Prefecturas, Universidades, Gobiernos Municipales y para el cálculo del Fondo Compensatorio Departamental.
Que el Decreto Supremo 26560 del 27 de marzo de 2002 establece que los recursos obtenidos de la iniciativa HIPC II, se...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 2397

Tipo: DECRETO SUPREMO No 26608

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-26608-del-29-abril-2002

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