Decreto Supremo Nº 26637
6.
JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
7.
CONSIDERANDO:
Que el párrafo IV del Artículo 1 de la Ley Nº 2104 de 21 de junio de 2000, modificatoria a la Ley Nº 2027 del Estatuto del Funcionario Público, establece que los servidores públicos dependientes de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Servicio de Salud Pública y Seguridad Social, estarán solamente sujetos al
CAPÍTULO III del TÍTULO II y al TÍTULO V del referido Estatuto.
Que el Artículo 10 del Decreto Supremo Nº 25749 de 20 de abril de 2000, reglamento a la Ley del Estatuto del Funcionario Público, establece que los servidores públicos de Salud Pública y Seguridad Social se rigen por la Constitución Política del Estado, el Estatuto del médico Empleado, el Código de Seguridad Social y su...
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