DECRETO SUPREMO Nº 28826
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Supremo Nº 28141 de 16 de mayo de 2005, prohíbe la importación de motores y vehículos automotores nuevos y usados, con capacidad menor o igual a 4.000 c.c. de cilindrada y que utilizan Diesel Oil como combustible.
Que el Decreto Supremo Nº 28308 de 26 de agosto de 2005, modifica el Decreto Supremo Nº 28141 manteniendo el alcance y la finalidad de este último.
Que la prohibición contenida en ambos Decretos Supremos, incluye a las enti...
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