Decreto Supremo Nº 29042
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política del estado, dispone como atribución del Presidente de la República ejecutar y hacer cumplir las leyes, expidiendo los decretos y órdenes convenientes, sin definir privativamente derechos, alterar los definidos por la ley ni contrariar sus disposiciones.
Que el Numeral 1 del Artículo 52 de la Ley Nº 3058 de 17 de mayo de 2005 – Ley de Hidrocarburos, establece una Regalía Departamental, equivalente al once por ciento (11%) de la Producción Departamental Fiscalizada de Hidrocarburos, en beneficio del Departamento donde se origina la producción.
Que los Artículos 1 y 5 de la Ley Nº 3038 de 29 de abril de 2005, disponen que la Prefectura del Departamento de Tarija, asigne en forma permanente y...
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